quarta-feira, 19 de janeiro de 2011

CODAPSO: situação dos presos políticos saharauis em prisões marroquinas


A situação dos presos políticos saharauis na prisão negra de El Aaiún / Sahara Ocidental, como na prisão local de Salé (Rabat)/ Marrocos, é catastrófica e inquietante, e requer e impõe uma reacção internacional urgente. Particularmente, nos casos de presos que são expostos diariamente às mãos dos guardas de ambos os centros penitenciários.

A imensa maioria dos saharauis detidos declararam a sua vulnerabilidade a formas diversas de tortura, violação, tratamentos degradantes e ofensa à dignidade do homem por parte da polícia durante o período de detenção provisório nos centros de interrogatório em El Aaiún, por um lado; e, por outro, pela sistemática política racista por parte da administração geral do departamento das prisões e da reinserção marroquina; segundo o testemunho de dois dos advogados defensores: Rguibi Lahbib e Bazaid Lehmad após as sua visita a presos na prisão local de Salé, durante a qual divulgaram que sete (7) presos saharauis haviam sido submetidos a tortura, violação e maus tratos, lista de presos que divulgamos:

1- Hassan Dah: 23 años, ex detenido político: brutalmente torturado, violado con un garrote que le introdujo por el ano la policía marroquí en la ciudad de El Aaiún.

2- Mohamed Bachir Boutenguiza: 37 años, ex encarcelado político, brutalmente torturado, y violado con una barra de hierro que le introdujo por el ano la policía, y que sufrió una enorme hemorragia, cuyos efectos le duran hasta ahora, según su abogado y su familia.

3- Daich Daf: 32 años, padre de un niño y miembro del Comité de diálogo del campo Gdeim Izik: brutalmente torturado, violado con un garrote introducido por el ano por la policía marroquí en la ciudad de El Aaiún.

4- Abdallahi Toubali: 30 años, miembro del Comité de diálogo del campo Gdeim Izik: brutalmente torturado, violado con un garrote introducido por el ano por la policía marroquí en la ciudad de El Aaiún.

5- Houssein Zawi: 36 años, miembro del Comité de diálogo del campo Gdeim Izik: brutalmente torturado, violado con un garrote introducido por el ano por la policía marroquí en la ciudad de El Aaiún.

6- Mohamed Ayoubi: 55 años, sufre trastornos psíquicos: brutalmente torturado, violado con un garrote introducido por el ano por los servicios de la seguridad pública marroquí en el momento del desmantelamiento del Campo en la ciudad de El Aaiún.

7- Abdallahi Lekhfawni: 37ans: miembro cooperador del comité del diálogo de Gdeim Izik, Brutalmente torturado, violado con un garrote introducido en el ano por los servicios de la seguridad pública marroquí.

É também o caso de outros presos políticos saharauis no mesmo estabelecimento penitenciário que foram submetidos a tortura física e psíquica, mas não a violação, e que são ainda em número de 13 presos políticos saharauis:

8- Asfari Naama: 40 años, activista saharaui de derechos humanos, y ex encarcelado de conciencia repetidas veces.

9- Mohamed Bouryal: 40 años, miembro del comité del diálogo.

10- Mohamed Bani: 41 años.

11- Sidi Abderahman Zayou: 37ans.

12-Ahmed Sbai: 39 años, ex detenida política y activista saharaui de derechos humanos.

13- Sidi Abdallah Abhah: 35 años.

14- Abdel jalil Laaroussi: 32 años.

15- Mohamed Tahlil: 29 años; ex detenida política y activista saharaui humano de derechos.

16- Mohamed Lamine Hadi: 26 años, activista saharaui humano de derechos.

17- Taki Machdoufi: 25 años.

18- Bachir Khada: 24 años, activista saharaui de los derechos humanos.

19- Cheikh Banga: 21 años, activista saharaui de derechos humanos.

20- Lemjayed Sidahmed: activista saharaui de derechos humanos.

Otros presos políticos sufren del mismo tratamiento; el tratamiento degradante de la vida humana, la tortura variada, la humillación, así como, de otras formas de tratamiento inhumano, que sufren más de 130 detenidos saharauis en la prisión negra de El Aaiún (toda orden después de los acontecimientos del 8 de noviembre, y después de el desmantelamiento del campamento de Gdeim Izik, y entre los que hay seis (6) mujeres (dos han sido liberadas el 12 de enero de 2011, la Sra. Fatimato Sabi 44ans, y la Sra. Zahra Lansari de edad de 40 años).

Según el testimonio que varias familias dan a Codapso, todos ellos confirmaron que sus familiares son maltratados, y que su situación es extremadamente desastrosa y muy inquietante, ya qué, entre estos, varios sufren de enfermedades crónicas causados por las torturas en los centros de interrogaciones y también a causa de la administración penitenciaría bajo la dirección del director Mr. Abdel-ilah Zanfouri (verdugo famoso y ex directivo del pasillo de la muerte en la prisión central de Kenitra / Marruecos).

No sólo son los presos los que sufren, sino que también sus familias en el momento de las visitas a sus familiares, porque los visitantes también sufren maltrato por parte de los guardianes de esta horrible prisión.

Este tratamiento inhumano que está contra las leyes y los convenios internacionales, y hasta contra el conjunto de reglas mínimas para el tratamiento de los detenidos, que los siguientes artículos indican:

Artículo 6. Capítulo 1: las reglas siguientes se aplican de manera imparcial y no puede tener allí ninguna discriminación de raza, de color, de sexo, de religión, de opinión política o muy diferente opinión, el origen nacional o social e improvisado, de nacimiento u otro estatuto.

Artículo 17, capítulo 1: todo detenido que no esté autorizado a llevar trajes especiales deben ser abastecidos con trajes adaptados al clima y que basten para mantener la salud. De ningún modo deben estos trajes ser degradantes o humillantes.

Artículo 35, Capítulo 1: suministrar a cada detenido, a la entrada de la prisión, de las informaciones escritas que conciernen a la reglamentación aplicable a su categoría de presos, y sobre las reglas de la disciplina a la prisión, y son autorizadas por los métodos para conseguir informaciones y formular quejas, y sobre muy diferentes cuestiones que son necesarias para él para permitirle conocer sus derechos y deberes de los dos, y ajustarse con arreglo a la cadena perpetua.

Artículo 37: los detenidos deben ser autorizados, bajo la supervisión que sea necesaria, a comunicarse con su familia y los amigos confianzas, a intervalos regulares, tanto por correspondencia como recibiendo visitas semejantes.

Artículo: 39. Debe ser puesto a disposición de los presos, información de manera regular sobre el curso de los acontecimientos de interés en los periódicos diarios, o en las publicaciones periódicas o especiales librados por la administración penitenciaria, o a escuchar estaciones de radio o de conferencias, u otro medio similar permitidas por el departamento, o estar sometido a la vigilancia.

Y hasta según en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que se explica bien los derechos de los individuos:

Artículo 2: a cada individuo se puede prevalecer de todos los derechos y de todas las libertades proclamadas en la Declaración presente, sin distinción ninguna, particularmente por raza, por color, por sexo, por lengua, por religión, por opinión política o por muy diferente opinión, por origen nacional o social e improvisado, por nacimiento o por muy diferente situación.

Además, no será hecha ninguna distinción fundada sobre el estatuto político, jurídico o internacional del país o del territorio del que una persona es nacional, que este país o territorio sea independiente, bajo tutela, no autónomo o no sometido a una limitación cualquiera de soberanía.

Artículo 3: todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 5: ninguno estará sometido ni a la tortura, ni a las penas o ni los tratamientos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6: cada uno tiene el derecho al reconocimiento en cualquier lugar de su personalidad jurídica.

Artículo 7: todos ellos son iguales ante la ley y tienen derecho sin distinción, a una protección igual de la ley. Ellos todos tienen derecho a una protección igual contra toda discriminación que violaría la Declaración presente y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8: toda persona tiene derecho a un recurso efectivo delante de las jurisdicciones nacionales competentes contra los actos que violan los derechos fundamentales que le son reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9: ninguno puede arbitrariamente estar parado, ser detenido o exiliado.

Artículo 10: toda persona a derecho, en igualdad plena, a lo que su causa sea entendida equitativamente y públicamente por un tribunal independiente e imparcial, que decidirá o sus derechos y obligaciones, o de lo bien fundado de toda acusación en materia penal dirigida contra ella.

Artículo 11: toda persona acusada de un acto delictivo se presume inocente hasta que su culpabilidad legalmente hubiera sido establecida en el curso de un proceso público donde todas las garantías necesarias para su defensa le hayan sido aseguradas. Ninguno será condenado a acciones u omisiones que, en el momento en el que han sido cometidas, no constituían un acto delictivo según el derecho nacional o internacional. Lo mismo, no serán infligidas ninguna pena más fuerte que la que era aplicable en el momento en el que el acto delictivo ha sido cometido.

Artículo 12: ninguno será el objeto ni de intromisiones arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ofensas a su honor y a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales intromisiones o contra tales ofensas.

Codapso lanza un llamamiento urgente para:

1-Abrir una investigación sobre las torturas, los actos de violación, y los tratamientos inhumanos cometidos por las autoridades marroquíes contra los detenidos políticos saharauis.

2-Llamada a las organizaciones internacionales de los derechos humanos para denunciar los malos tratos de los presos políticos saharauis en las prisiones marroquíes.

3-Hacer presión sobre Marruecos con el fin de respetar los derechos humanos en Sáhara Occidental / Zona bajo control de Marruecos.

4-La aplicación de las resoluciones de la legitimidad internacional, con el fin de permitir al pueblo saharaui ejercer su derecho a la autodeterminación.

5-La condena de las restricciones sistemáticas contra los militantes, así como a los ciudadanos saharauis.

6-La solidaridad absoluta con los detenidos de conciencia saharauis.

7-Nuestra llamada a la comunidad internacional para ampliar los poderes del MINURSO en la vigilancia de los derechos humanos.


Anexo: lista detenidas políticas Saharaui:

Lista de los detenidos políticos saharauis en la prisión negra de El Aaiún / Sáhara Occidental:

Antes del 08 de noviembre de 2010:

1 - Bachri Ben Taleb.

2 – Cheikh Amidane.

3 – Alaoui Sidi Mohamed laghdaf.

4 – Alaoui Salek.

5 - Hammadi Hemdaity.

6 - Ahmed Daoudi .

7 - ELGARHI Zubair.


Después del 8 de noviembre de 2010:

Nombres de las mujeres detenidas en esta prisión:

01-Fatimatou Sabi (liberada 12/01/2011).

02 - Ansari zahra (liberada 12/01/2011).

03 – Hayat Rguibi.

04 - Nguiya Hawassi.

05- Jouda Oum Al fadli.

06- Lalla Khaidouma (ghaliya) Joumani.


Nombres de los otros presos políticos:

1 – Aberkan Mohammed Mahfod.

2. - Yaya Bachir.

3. - Mowahad Khatari.

4. - Mohammed Salem Lemrabet.

5. – Rguibi Lkadi.

6. - Salek Bouchana.

7. – Abid Mohammed.

8. - Ahmed Daddah .

9. – Rguibi Mohammed Zein.

10. – Naji Ahmed.

11. - Salami Ali Baiba.

12. - Sami Solh Abdeslam.

13. – Hmaimid Hammadi.

14. - Jamal boufarra.

15. – Berkouz Habib.

16. – Aamar Abderahman.

17. - Din Mohamed Lamine.

18. - Hamoud Lili.

19. – Marzouk Mohamed Lamine.

20. – Bab Allah Yaakoub.

21. – Kaihal Mohamed.

22. – Assri Salama.

23. – Rachdi Ahmed.

24. – Tchiti Moulay Ahmed.

25. - Helmi Issam.

26. - Dah Mohammed Embarak.

27. - Tawazon Salem.

28. - Hamad Hussein.

29. - Assri Hussein.

30. – Mohammed Marhome.

31. - Ahmed Babaite.

32. - Salama Amidane.

33. – Lebaihi Mohamed.

34. – Ali Salem dorachad.

35. – Louchaa Maa.

36. – Bartaa Abdallah.

37. - Jafari Ahmad Fal .

38. – Borhimi Mahmoud.

39. – Ajwad Kaziza.

40. - Toumi Ahmed.

41. - Hanin Mustapha .

42. – Tolba Saad bouh.

43. – Laabidi Salek.

44. - Nourdine Wjaje.

45. - Abd elhay Nassri.

46. – Brahim Raha.

47. – Ahrayem Ahmed.

48. – Aharayem Mahmoud.

49. - Ahra rayem Mahamed Fadel.

50. – Lamaaiti Omar.

51. - Hussein Al Miri.

52. –Lehkmaich Houssein.

53. - Bakai Firassa.

54. - Sami Solh Ibrahim.

55. – Tanji Ahmed.

56. – Rahali Bechraya.

57. – Lekhlifi Dahman.

58. - Azergui Mehdi .

59. – Ahmed Moussaoui .

60. - Saadi Hamma.

61. - Saadi Bassiri.

62. – Lekhlifi sidi Brahim.

63. – Limam Hadi.

64. - Sahel Legazel.

65. -Mohamed Salem Sidamar.

66. - Lehbib Dah.

67. - Salek Lamaadal.

68. - Bashir Braik.

69. - Sidi Ahmed Belmaki.

70. - Zein Ibrahim al-Khalil.

71. - Mustafa Rami.

72. - Salek Daoudi.

73. - Tariq Dakhil.

74. -Aliyen Toubali.

75. - Sidi Mohamed Haiba.

76. - Ismail Amouri .

77. – Said Daali.

78. - Hussein Hamdan.

79. - Ramadan Cbik.

80. – Mohammed Almzarid.

81. - Mustafa Barbare.

82. – Moulod Alaoui.

83. - Lekwara Ahmed.

84. - Mohamed Ali Lekwara

85. - Sidi Mbarek Chakoul.

86. –Bchairna maalainin.

87. – Dimani Najem.

88. – Mohammed Boaz.

89. - M'Hamed Laakik.

90. - Jamal Bouaida.

91. – Babait Sidi Brahim.

92. - Hassan Banha.

93. - Hamdan Ibrahim.

94. - Ibrahim al-Ismaili.

95. - Baiba Khaddad.

96. - Indore Omar.

97. - Hussein Dada.

98. - Mohamed Salem Al Busaidi.

99. - Hammad Ahl Zayaar.

100. – Mohamed Embarek Lafkir.

101 - Imad Nrajah.

102 - Lkhair Hicham.

103 - Abd al-Wahhab Maiofe.

104 - Ali Lmir.

105 – Ali Krayfa.

106 – Bechraya Najem.

107 - Sayf Din Samman.

108- Boujemaa bougharioun.

109 - Kadlouli Laroussi.

110 - Naji Mohammad.

111 - Mohammad Ali Sid Zein.

112 – Mrayzigue Khatar.

113 - Yahdih Lebaihi.

114 - Hussein Ndour.

115 - Lbrasse Mustafa.

116 - Gali Mrabih.

117 - Ghailani Salem.

118 – Bouderbala Hanafi.

119 – Sidati Mohammed Hammadi.


Así como, señalamos que el Gobierno marroquí todavía tienen allí otros presos .................

Lista presos políticos saharauis encarcelados en la prisión Local de Salé en Marruecos:

1 - Asfari Naama.

2 - Ahmad Sbaai.

3 - Khfaoni Abdallahy.

4 – Zayou Sidi Abdel Rahman.

5 - Toubali Abdullah.

6 - Hussein Zaoui.

7 – Mohamed Bouriale.

8 – Daich Dafe.

9 - Cheikh Bangua.

10 - Abdul Jalil Mraimade.

11 - Bani Mohammed.

12 – Tahlil Mohammed.

13 – Hassan Dah.

14 - Khada Bashir.

15 – Taki Machdoufi.

16 – Mohammed Bashir Boutenguiza.

17 - Sidi Abdellah Abhah.

18 - Mohamed Lamine Hadi.

19 - Mohammed Al Ayoubi .

20- Lemjayed Sidahmed.

El Aaiún: 18 de Janeiro de 2011,

Por el Comité Saharaui de la defensa del derecho a la autodeterminación Para el pueblo de Sáhara occidental.
CODAPSO.
Comité de Defensa del Derecho de Autodeterminación del Pueblo del Sahara Occidental.
Siteweb: http://www.codapso.org/ / E-mail: codapso@gmail.com


Traduzido do francês para o espanhol por Mac Reboso Mendoza

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